viernes, 23 de octubre de 2015

LOS SERES HUMANOS NO SON COSAS O INSTRUMENTOS SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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Según el Tribunal Constitucional en un fallo público del 2006 con conocimiento pleno que en el Perú no existe la pena de muerte, salvo excepción de traición a la patria, determinó que la otra figura máxima penal de cadena perpetua es incompatible con la dignidad humana bajo el razonamiento que el hombre es una entidad espiritual, moral dotada de autonomía; bueno a la letra dijo: se busca impedir “que los seres humanos sean tratados como cosas o instrumentos, sea cual fuere el fin que se persiga alcanzar con la imposición de determinadas medidas, pues cada persona, incluso la que delinque, debe ser considerada como un fin en sí mismo, por cuanto el hombre es una entidad espiritual moral dotada de autonomía”.
Si es así, entonces la máxima pena que en forma práctica determinan los fallos penales es la que considera 35 años según el artículo 29 en la que un delincuente puede estar recluido en una cárcel.

Desde este supuesto jurídico cierto y práctico debemos ver un enfoque de justicia sin ideología alguna, respecto a la problemática existente sobre corrupción y violación.(haga click para continuar) http://www.sincomponenda.org/index.php?mod=web&cont=news&action=show&opc=8029
 
Publicado en Facebook de Fuera Los Corruptos 23.04.2015